Resumo
En la sección §65 de la Kritik der teleologischen Urteilskraft, Kant se ocupa fundamentalmente de exponer la noción de `fin natural´ (Naturzweck). Hacia el final de la misma sección Kant señala dos condiciones por las cuales estaríamos autorizados a introducir dicho concepto en la investigación de la naturaleza. Mediante dicha autorización se ofrece por primera vez un fundamento para una teleología en la ciência de la naturaleza. Sin embargo, las dos condiciones mencionas no son probadas por el filósofo en aquella sección. En el trabajo a continuación mostraremos que es posible reconstruir la prueba que justifica la introducción del concepto de `fin natural´ en la ciencia de la naturaleza si tomamos en consideración las secciones §§74, 75 y 77 de la Dialektik der teleologischen Urteilskraft. Defenderemos que estamos legitimados a usar el concepto en cuestión en el marco de la ciencia natural si tenemos a la vista no sólo la índole o peculiaridad (Eigentümlichkeit) discursiva de nuestras facultades de conocimiento - según sostiene la “interpretación habitual” de la cuestión - sino además el alcance (Umfang) y las limitaciones (Schranken) de las mismas.
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